La primera duda de casi todos los orientadores que empiezan a preparar la oposición es la misma: «¿Qué programo yo, si no doy una materia?». Es una pregunta muy sensata. Un profesor de Matemáticas tiene un curso, un currículo y unas horas de clase. Un orientador tiene un departamento, un claustro, familias, alumnado con necesidades muy distintas y una agenda que nunca se parece a la de la semana anterior.
La buena noticia es que la normativa ya ha resuelto esa duda. La mala es que mucha gente no la ha leído entera.
Qué dice la norma, sin añadir nada
El Real Decreto 276/2007, que regula el ingreso en los cuerpos docentes, establece que la programación didáctica debe especificar objetivos, contenidos, criterios de evaluación, metodología y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, y que corresponde a un curso escolar. Para la unidad didáctica, el mismo reglamento prevé que en Orientación Educativa se pueda desarrollar en su lugar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
La convocatoria de Madrid de 2025 (BOCM de 28 de febrero de 2025) concreta más. En la programación, las personas aspirantes de Orientación Educativa pueden optar por desarrollar un plan de actuación en un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o en un centro escolar. Y en la parte de la unidad, pueden optar por un programa de intervención en esos mismos ámbitos.
Requisitos de la convocatoria de 2025 que conviene tener delante
Extensión máxima de 80 páginas con anexos, DIN-A4 a una cara, Arial 12 sin comprimir, interlineado doble y márgenes de 2,54 cm; la portada no cuenta. Mínimo de doce unidades o situaciones numeradas en el índice. Elaboración personal, sin poder utilizar ninguna forma de inteligencia artificial. Un apartado de evaluación de la propia práctica docente. Normativa aplicable: la vigente en Madrid al terminar el plazo de solicitudes. La próxima convocatoria puede cambiar cualquiera de estos puntos, así que léela en cuanto salga en el BOCM.
Fíjate en un detalle: «podrán optar». No es obligatorio hacer un plan de actuación. Pero nuestra opinión es clara: si eres orientador, el plan de actuación es el formato natural, el que el tribunal espera y el que mejor muestra lo que sabes hacer.
Centro escolar o EOEP: elige bien el escenario
Muchos opositores eligen centro sin pensarlo. Es lo habitual, porque la mayoría de plazas de Secundaria están en institutos y es lo que más se conoce. Pero conviene decidirlo con cabeza. Si tu experiencia está en Infantil y Primaria, un plan para un equipo de sector puede lucirte más. Si has trabajado como interina en un IES, el departamento de orientación de un instituto te dará ejemplos reales para la defensa, y eso pesa mucho.

Cómo se organiza un plan de actuación que funcione
El reto es cumplir lo que la convocatoria pide para cualquier programación (contexto, secuencia temporal a lo largo del curso, metodología, evaluación, atención a las diferencias individuales) sin convertir el documento en un listado de tareas del departamento. La clave está en las doce unidades. En Orientación, cada una suele corresponder a un programa o línea de intervención que se puede exponer completa en el tiempo de la defensa.
Un esqueleto posible para un IES de Madrid
Contexto
Centro, etapas, alumnado, recursos del departamento y coordinación con el equipo directivo. Breve y con datos verosímiles.
Ámbitos
Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje, acción tutorial y orientación académica y profesional, como ejes del plan.
Doce programas
Por ejemplo: acogida en 1.º ESO, evaluación psicopedagógica, orientación para 4.º ESO, prevención del acoso, coordinación con familias.
Evaluación
Indicadores de cada programa y evaluación de tu propia práctica, que la convocatoria pide de forma expresa.
Los ámbitos que proponemos son una forma razonable de organizarlo, no una exigencia de la convocatoria. Lo que sí debe verse es que cada programa tiene destinatarios, objetivos, actuaciones, temporalización, agentes implicados y evaluación. Y que todo descansa en la normativa madrileña vigente, empezando por el Decreto 23/2023 de atención a las diferencias individuales.
El error que más penaliza
Copiar. Lo decimos sin rodeos porque en Orientación circulan muchas programaciones de segunda mano. La convocatoria madrileña de 2025 exigía elaboración personal y advertía que una programación que no sea de elaboración propia se califica con cero en esa parte. Además, una programación ajena se nota en la defensa: no sabes por qué elegiste ese programa y no otro, ni qué pasó cuando lo pusiste en marcha.
El segundo error es el plan sin alumnos. Páginas y páginas de coordinación, reuniones y documentos, y ni una escena real con un chico o una chica de 3.º de ESO. Un tribunal de orientadores quiere ver que sabes intervenir, no solo organizar.
Una pregunta para revisar cada programa
«Si mañana me incorporo a este instituto, ¿podría poner esto en marcha el lunes?». Si la respuesta es no, porque falta quién, cuándo o con qué, el programa necesita otra vuelta.
Y la defensa
La programación se defiende ante el tribunal junto a la unidad o el programa de intervención. Llega con una idea clara de qué hilo une los doce programas y por qué ese orden. Si puedes contar un caso real, con los datos personales cambiados, hazlo: es lo que convierte un documento correcto en una defensa que se recuerda.
Trabajamos este plan de actuación paso a paso en el curso de programación y UD/SA/UPD, con corrección individual. Si estás preparando también el temario y el práctico, en nuestra página de Orientación Educativa en Madrid te contamos cómo encaja todo.
Si quieres que miremos tu caso concreto, llámanos o escríbenos al 649 635 240.
Equipo de preparadores de Oposiciones de Secundaria a Medida
Fuentes oficiales
- Resolución de convocatoria de procedimientos selectivos de Secundaria, FP y Régimen Especial 2025, Comunidad de Madrid (BOCM 28/02/2025)
- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, Reglamento de ingreso en los cuerpos docentes (BOE-A-2007-4372, consolidado)
- Decreto 23/2023, de 22 de marzo, atención educativa a las diferencias individuales (BOCM 24/03/2023)

