Cada vez que corregimos un práctico de Orientación aparece la misma escena. El caso habla de un alumno de 2.º de ESO que no avanza, y el opositor escribe «se realizará una evaluación psicopedagógica» como quien dice «se llamará a la familia». Una línea. Y justo ahí, en esa línea, es donde un tribunal de Madrid sabe si tiene delante a alguien que ha trabajado en un departamento de orientación o a alguien que ha memorizado un temario de otra comunidad.
Este artículo va de eso: de qué pide hoy la normativa madrileña cuando hablamos de evaluación psicopedagógica y de cómo convertirlo en puntos en el tema, en el supuesto y en la defensa.
El marco que manda en Madrid
La referencia es el Decreto 23/2023, de 22 de marzo, que regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de marzo de 2023). Ese decreto se apoya, a su vez, en los artículos 21 y 22 de la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa. Si en tu tema solo citas la LOE modificada por la LOMLOE, te quedas a medias: la ley orgánica da el paraguas, pero el procedimiento concreto en Madrid está en el decreto.
Lo que dice el texto, leído despacio, cabe en cuatro ideas:
Lo esencial del Decreto 23/2023 sobre evaluación psicopedagógica
Su objetivo principal es identificar necesidades educativas y fundamentar la respuesta educativa. Es una tarea rigurosa e interdisciplinar en la que la participación de la familia se considera fundamental, y al inicio se requiere su autorización. En los centros públicos la responsabilidad última recae en el profesorado funcionario de la especialidad de Orientación Educativa. Sus conclusiones se recogen en un informe psicopedagógico según el modelo del anexo I, que se adjunta al expediente y del que la familia recibe copia.
Fíjate en la tercera idea. La norma te nombra a ti, al futuro funcionario de Orientación Educativa, como responsable. Eso da mucho juego en una defensa: no estás describiendo algo que hacen «los servicios de orientación» en abstracto, estás describiendo tu propia función.
El informe ya no es un cajón de diagnósticos
El cambio de enfoque más interesante está en lo que debe contener el informe. El decreto habla de identificar barreras para el aprendizaje y la participación y enumera qué recoger: evolución personal y académica, nivel de desarrollo en los distintos ámbitos, nivel de competencia curricular y análisis del contexto de aprendizaje. Después vienen las necesidades educativas, las medidas ordinarias y específicas y el momento apropiado para una nueva evaluación.
Nuestra opinión, después de muchos prácticos corregidos: el error más frecuente es empezar por la etiqueta. «El alumno presenta TDAH, por tanto…». Un tribunal formado por orientadores en activo lee eso y piensa en un informe clínico, no educativo. Empieza por el contexto y por las barreras. La etiqueta, si existe, viene después y nunca sustituye al análisis.

Cómo lo llevamos a un supuesto práctico
Pongamos un caso típico. Lucía, 1.º de ESO, viene de Primaria con un informe antiguo, suspende tres materias en la primera evaluación y su tutor comenta que en clase «desconecta». Así lo plantearíamos, en cinco movimientos:
Cinco pasos para el caso de Lucía
1. Demanda
Quién la formula, por qué ahora y qué medidas ordinarias se han probado ya en el aula.
2. Autorización
Reunión con la familia, explicación del proceso y autorización por escrito antes de evaluar.
3. Recogida
Equipo docente, observación en aula, competencia curricular, entrevista con Lucía y su familia.
4. Informe
Barreras, necesidades y medidas según el modelo del anexo I, con revisión prevista.
5. Seguimiento
Qué se revisa, quién y cuándo. Sin esto, el informe se queda en papel.
Dos detalles que suman. Primero, antes de proponer la evaluación conviene dejar escrito que se han intentado medidas ordinarias; el propio decreto distingue entre necesidades que se determinan por evaluación psicopedagógica y las que resultan de otros procesos. Segundo, cita el anexo I por su nombre. No hace falta reproducirlo, pero sí demostrar que sabes que existe un modelo oficial.
Altas capacidades: el ejemplo que casi nadie usa
El propio Decreto 23/2023 establece que, al terminar Primaria y la ESO, se revisan las conclusiones y se hace una nueva evaluación psicopedagógica a los alumnos con altas capacidades si, con carácter general, han pasado más de tres cursos desde la última. Es un dato pequeño, muy de Madrid, y aparece poco en los exámenes. Si te toca un caso de transición a Bachillerato, úsalo.

En el tema escrito y en la defensa
En el tema, la evaluación psicopedagógica suele colarse por varios lados: atención a la diversidad, funciones del departamento de orientación, coordinación con familias. No hace falta un apartado enorme. Basta con un párrafo bien armado que cite el decreto, la ley madrileña y el anexo, y que diga para qué sirve el informe en la vida real del centro.
En la defensa, la evaluación psicopedagógica es material de primera para demostrar que conoces un instituto por dentro. Cuenta cómo coordinarías la recogida de información con el equipo docente en una sesión de evaluación, o cómo explicarías el informe a una familia preocupada. Esas escenas pesan más que diez citas legales seguidas.
Un consejo de redacción
Escribe «necesidades educativas» y «barreras para el aprendizaje y la participación» con la naturalidad de quien lo usa a diario. Si dudas con un término, mira cómo lo dice el decreto y quédate con esa forma. El tribunal no premia sinónimos creativos en la terminología oficial.
Y ahora, ¿por dónde sigo?
Si estás construyendo tus temas para la próxima convocatoria, merece la pena repasar cada uno con esta pregunta: ¿esto suena a Madrid o podría estar escrito en cualquier comunidad? En nuestra página de preparación de Orientación Educativa en Madrid explicamos cómo trabajamos temas, prácticos y defensa con orientadores en activo. Y como la evaluación psicopedagógica acaba apareciendo también en tu programación, en el curso de programación y situaciones de aprendizaje vemos cómo encajar las medidas de atención a las diferencias individuales sin que parezcan un añadido.
Si quieres que miremos tu caso concreto, llámanos o escríbenos al 649 635 240.
Equipo de preparadores de Oposiciones de Secundaria a Medida

